
El déficit atencional (DA), es una condición que produce alteraciones en la capidad de atención y de concentración y se manifiesta en niños/as con inteligencia normal. Puede o no presentarse asociado a hiperactividad e impulsividad. Puede tener consecuencias en: el rendimiento escolar del niño(a), y/o el desarrollo de la personalidad (baja autoestima, sentimiento de inutilidad y frustración), y/o proceso de integración social.
2. ¿Puede un establecimiento negarle o cancelarle la matrícula a un(a) niño(a) por tener un Déficit Atencional?
El que un niño(a) presente déficit atencional no impide su acceso y/o permanencia en un establecimiento educacional. Tampoco puede implicar ninguna forma de discriminación y/o maltrato en su contra.La Constitución Política de la República, establece que los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos (Artículo 1º), consagrando además la igualdad ante la ley y el derecho ala educación (Artículo 19º, Nº 2 y Nº10).
3. ¿Corresponde enviar a un(a) niño(a) con Déficit Atencional a una escuela especial?
Los niños(as) con déficit atencional tienen por lo general una inteligencia normal, por lo cual deben asistir a establecimientos de educación regular, no correspondiendo enviarlos a escuelasespeciales.
4. ¿Puede un establecimiento condicionar la matrícula de un(a) niño(a) con Déficit Atencional al uso de fármacos?
El establecimiento educacional no puede exigir el uso de fármacos. Estos deben ser indicados y supervisados exclusivamente por el médico especialista, en los casos que corresponda.
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